Si algo ha dejado claro el movimiento feminista, principalmente en los últimos diez años, es la importancia de la movilización y la militancia política como medios para transformar la realidad. Más allá de las conquistas legales, como pueden ser tanto la ley de paridad como la de interrupción voluntaria del embarazo, ha logrado que toda la discusión pública tenga perspectiva de género, obteniendo una gran transversalidad que ha sido resultado de años de organización y lucha. Aprender de la militancia feminista debería llevar a quienes no forman parte orgánicamente del movimiento, como los hombres, a replantearse el rol que ocupan en un sistema neoliberal y patriarcal como en el que vivimos, y cómo la lucha por la conquista de derechos debe llevar a una sociedad donde las personas, más allá de su género, sean más libres, más humanas y felices.
La discusión sobre la ley de paternidad tiene bastante tiempo; con solo decir que no ha sufrido modificación desde la sanción de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), promulgada en 1974, se pone de manifiesto que no está en concordancia con los tiempos que corren hoy en día. Esta ley es anacrónica por varias razones. En primer lugar, otorga a la madre 45 días previos y 45 días posteriores al parto, con la posibilidad de reducir la licencia pre parto (que debe ser mínimo de 30 días) para tomarlos luego del nacimiento. Al mismo tiempo, esta ley otorga al padre dos días de licencia posteriores al nacimiento. Sin profundizar en el análisis, podemos identificar cómo claramente esta diferenciación, por un lado, refuerza los estereotipos de género ligados a las tareas del cuidado y al rol intrafamiliar de cada miembro (la madre cuida a los hijos y el padre trabaja para traer la comida) sino que imposibilita al hombre de pasar tiempo con su familia y fundamentalmente con su hijo. Si lo vemos desde el lado de la crianza, un reciente informe de UNICEF sobre América Latina ha declarado que los niños criados por ambos padres tienen un mejor desarrollo posterior (UNICEF, 2020).
En segundo lugar, la ley vigente no contempla casos de adopción, de hogares unipersonales ni de matrimonios de personas del mismo sexo, lo cual claramente nos indica la cantidad de situaciones que no están reguladas. En tercer lugar, la legislación actual sólo contempla a trabajadores formales en relación de dependencia, dejando de lado a monotributistas, autónomos y trabajadores informales. Por esta razón, solo el 51% de las trabajadoras y el 47% de los trabajadores gozan de estas licencias (CIPPEC, 2018). Es importante aclarar, asimismo, que la licencia de maternidad es abonada por seguridad social (o un seguro privado de salud), mientras que la irrisoria licencia por paternidad es abonada por el empleador.
Muchas empresas han comenzado, desde hace tiempo, a otorgar a sus empleados más días de licencia que los que otorga la ley vigente para los padres. Natura (40 días de licencia) y Johnson & Johnson (8 semanas) son ejemplos de esta tendencia que comienzan de a poco a acercar posiciones entre los géneros. Un empleado de Finanzas GSK Argentina así lo relata: “Amelia cumplió tres meses y Felipe ya tiene dos años. La licencia extendida permite estar los primeros días, compartir más tiempo y ayudar en las tareas del hogar, compras, trámites.” (La Nación, 2020) Sin embargo, la enorme mayoría de las empresas privadas en nuestro país, que son pymes, no otorgan este derecho, muchas veces por imposibilidades económicas en contextos de crisis como el actual.
Es interesante hacer aquí una comparación con el sector público, donde la legislación actual es más flexible. Según el Convenio Colectivo de Trabajo, los trabajadores de la administración pública nacional tienen, en el caso de las madres, 100 días de licencia, mientras que el padre tiene 5 días. Con relación a las jurisdicciones provinciales, los distritos que más días de licencia por paternidad otorgan son La Rioja, con 30 días, y CABA, con 45 (15 días de licencia por paternidad, más 30 a tomarse a lo largo del primer año de vida del bebé).
¿Cómo está ubicado nuestro país con relación a América Latina? Argentina es uno de los países con menor cantidad de días de licencia por paternidad de la región, solo por encima de Puerto Rico, Costa Rica y Honduras, que ni siquiera otorgan licencias, y al mismo nivel, con sus dos días, de Guatemala y República Dominicana. El país que más licencia otorga tanto a la madre como al padre es Cuba, con seis y doce meses al respecto. Sin embargo, más allá de esto, entre 2003 y 2014, solo 125 padres pudieron gozar de esta licencia, dejando ver que existen barreras estructurales profundas en la sociedad y en la economía caribeña que no permiten el usufructo del derecho.
¿Qué soluciones podemos esbozar a este problema? Por un lado, y vale aclararlo, Argentina necesita ampliar su licencia de paternidad para los trabajadores formales en relación de dependencia y extenderla a los monotributistas y autónomos. La cuestión de quién abonará la licencia debe ser un acuerdo entre empresarios, el Estado y los sindicatos, con especial atención de no perjudicar a la pequeña empresa que es una de las bases en las que se asienta nuestra economía. Además, es muy importante que ambas licencias (de maternidad y paternidad) tengan igual criterio de pago, para impedir que la nueva ley sea una traba para la obtención de trabajo especialmente de las mujeres.
Recientemente, en España se sancionó una nueva ley de licencias por paternidad, igualándola a la de maternidad (16 semanas de baja para cada uno) e imposibilitando la transferibilidad de la licencia, lo que impide que sea la madre la que termine tomando la mayor parte de los días por cuestiones relacionadas a los estereotipos de género. El carácter intransferible de al menos la gran parte del período que abarque la licencia debería ser parte principal del debate. Otra cuestión por incluir y regularizar es sobre las adopciones, los matrimonios igualitarios y monoparentales. Se podría también pensar en un esquema donde el hombre pueda tener un período de baja inmediatamente posterior al nacimiento de su hijo y otro pack de licencias a tomarse durante el primer año de su vida.
Para finalizar, es de suma importancia la continuidad de la discusión idiosincrática e ideológica sobre las cuestiones de género que se viene dando en nuestra sociedad en el último tiempo. La ampliación de la licencia por paternidad no será vista como un derecho por los hombres mientras prevalezca un pensamiento patriarcal sobre los roles de la crianza y las tareas del cuidado, sino vista como un triunfo de los sectores feministas que luchan por rediscutir estos mandatos. Es muy necesario que las personas (hombres, mujeres, diversidades) puedan ver en el “otro” no al género opuesto, sino al sistema neoliberal y patriarcal que nos obliga a deshumanizarnos para sobrevivir. La lucha por generar un sistema en donde la economía esté al servicio de la vida, como bien resalta en muchos de sus discursos el diputado español por Más País, Iñigo Errejón, debe ser transversal a todos los géneros y a todas las cuestiones que abarquen nuestra vida diaria. Así, en busca de más derechos que hagan a las personas más libres, estaremos contribuyendo a ello.
Para saber más del tema:
Centro Internacional de Políticas para el Crecimiento Inclusivo (IPC-IG) & UNICEF –Oficina Regional para América Latina y el Caribe. (2020). Maternidad y paternidad en el lugar de Trabajo en América Latina y el Caribe – políticas para la licencia de maternidad y paternidad y apoyo a la lactancia materna.
Díaz Langou, G. (2018). La diferencia entre licencias por maternidad y paternidad refuerza la idea de que las mujeres se ocupan del cuidado. Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento.
Navarra, G. (2020, 8 de marzo). Licencias para padres: cada vez más empresas otorgan días adicionales a los dispuestos por ley. La Nación.
Un comentario en “LA LEY DE PATERNIDAD EN ARGENTINA: UN DEBATE NECESARIO”