DEMANDA JUDICIAL CONTRA GOOGLE: LA CORTE SUPREMA FALLA A FAVOR DE CRISTINA KIRCHNER

El 6 de agosto de 2020, la vicepresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, por medio de su abogado Carlos Belardi, inició una demanda contra Google por haberla difamado.  Se presentó un escrito judicial ante el Fuero Civil y Comercial solicitando una pericia informática urgente como “prueba en una demanda” por difamación. El día 17 de mayo, durante algunas horas,  las  búsquedas sobre Cristina Fernández de Kirchner en el panel de conocimiento (sección ubicada en el margen superior derecho del buscador) devolvían la leyenda “Ladrona de la Nación” como el cargo ocupado por la funcionaria.

Ante esta situación, los abogados de la vicepresidenta afirmaron que estas calumnias no solo podían ser vistas por millones de personas en la plataforma antes de ser corregidas, sino que también fueron reproducidas y reforzadas por varios medios de comunicación nacionales.  Solicitaron, además, que se detalle de forma clara y precisa cómo se genera esta publicación, durante cuánto tiempo estuvo activa, que cantidad de visualizaciones, visitas e interacciones tuvo, que acciones tomó la empresa y la totalidad de interacciones entre el 17 de mayo y el 23 de mayo de 2020, entre otras requisitorias.

Google, por su parte, respondió a través de un comunicado en el que planteó: “A través de los medios hemos tomado conocimiento de que la Dra. Cristina Fernández de Kirchner habría realizado una presentación en la justicia en relación a un incidente ocurrido a mediados de mayo sobre cierto contenido en el Panel de Conocimiento, al que en su momento le dedicamos toda nuestra atención y resolvimos de manera expedita, de acuerdo con los procedimientos y políticas establecidos para casos similares. (…) El Panel de Conocimiento se genera de forma automática, tomando información de diferentes fuentes de la web”.

Google explica en su Centro de Asistencia que “los fragmentos destacados aparecen en un cuadro especial, en la parte superior de los resultados de búsqueda, con una descripción de texto encima del enlace”. Y aclara que “los fragmentos destacados pueden ser, por ejemplo: información citada de un sitio web de terceros; un enlace a la página; el título de la página; o la URL de la página”, como por ejemplo Wikipedia.

En otras palabras, quisieron decir que lo más probable es que fallaron los controles en Wikipedia ante alguien que actuó con maldad y como automáticamente el panel toma esa información, pasó lo que pasó. 

Finalmente, hace algunas horas, la vicepresidenta obtuvo un fallo favorable de la Corte Suprema.  Google se negó a otorgar acceso a su motor de búsqueda, afirmando que no asume ninguna responsabilidad por lo sucedido y que, acceder a su servidor implicaría la infracción de secretos comerciales. Tras ser rechazado el planteo en dos instancias previas, la empresa apeló a la Corte Suprema del país. Sin embargo, también le dio la razón a la vicepresidenta de la Nación.

Escrito por

Estudiante avanzada de Ciencia Política y Gobierno en Universidad Torcuato Di Tella

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